La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha anunciado la implementación de cambios significativos en el formulario 350, que entrarán en vigor a partir del 1 de agosto de 2024.
Estos ajustes afectarán a más de 1.8 millones de contribuyentes que son agentes de retención del impuesto sobre la renta, IVA, timbre nacional y autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementarios.
Principales cambios
- Separación de Retenciones a Personas Jurídicas y Naturales: A partir de ahora, será obligatorio separar o discriminar las retenciones practicadas a personas jurídicas y naturales. Esto permitirá un seguimiento más preciso y detallado de las retenciones efectuadas.
- Desagregación de Retenciones en Compras y Ventas: Las retenciones por compras de hidrocarburos, carbón y otros productos mineros se desagregarán en casillas especiales. Esta medida también se aplicará a las autorretenciones por conceptos similares, facilitando un registro más ordenado y específico.
- Actualización para Presencia Económica Significativa (PES) y Pagos al Exterior:
Los conceptos de retención se actualizarán de acuerdo con los convenios internacionales ratificados por Colombia para evitar la doble imposición. Además, se añadirá la figura de retención por pagos al exterior a contribuyentes del impuesto sobre la renta con presencia económica significativa en el país.
Ventajas adicionales
Además de estos cambios, el nuevo formulario registrará los datos de manera secuencial, lo que simplificará su diligenciamiento para los usuarios. Esto significa un proceso más ágil y menos propenso a errores.
Consideraciones Importantes
Es fundamental tener en cuenta que cualquier corrección a declaraciones presentadas antes del 1 de agosto deberá realizarse utilizando la versión anterior del formulario 350, y no la nueva versión.
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